Sección Sindical de UGT en el Excmo. Ayuntamiento de Cádiz

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miércoles, 18 de febrero de 2009

REDUCCIÓN DE JORNADA DURANTE LA SEMANA DE CARNAVAL


EN APLICACIÓN DE LOS VIGENTES CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL Y ACUERDO REGULADOR DEL PERSONAL FUNCIONARIO, ARTÍCULO 15, DEL 19 DE FEBRERO AL 1 DE MARZO, AMBOS INCLUSIVE, LA JORNADA LABORAL SERÁ LA SIGUIENTE:

REDUCCIÓN DE UNA HORA AL PRINCIPIO O AL FINAL DE LA JORNADA.
LA ASIGNACIÓN DE UN HORARIO U OTRO SE REALIZARÁ DENTRO DE CADA DEPARTAMENTO, DEBIÉNDOSE GARANTIZAR QUE EL SERVICIO ESTÉ CUBIERTO DE 8:00 A 9:00 Y DE 14:00 A 15:00 HORAS.
LA REDUCCIÓN EN JORNADA DE TARDE SERÁ SIEMPRE AL FINAL DE LA MISMA PARA TODO EL PERSONAL.
EN AQUELLOS CENTROS CON CALENDARIO LABORAL ESPECÍFICO, LA REDUCCIÓN SE DISFRUTARÁ SEGÚN ÉSTE.

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